Hemos querido comenzar este lunes explicando en qué consiste el proceso de impugnación y reclamación iniciado ante la Inspección del Trabajo. Ello, porque el miércoles 27 de enero de 2021, como Sindicato, presentamos un escrito ante la Inspección del Trabajo de la Serena, y hemos sido citados para este lunes a las 13:00 horas a la primera instancia de mediación junto con la empresa.
¿Qué significa este proceso?
Dentro de las etapas legales de la negociación, la empresa debe responder formalmente a cada punto del Proyecto presentado por el Sindicato, a la par que hace su propia propuesta, que debe contener, a lo menos, el Piso de la Negociación.
Además de esto, la empresa puede impugnar a algunos socios y socias de la lista que se acompañamos a la presentación de nuestro Proyecto.
En esta oportunidad, como es lo común, la empresa rechazó cada uno de los puntos propuestos, pero ello no significa que esa actitud se mantendrá durante el resto de la negociación.
¿Qué es una reclamación? ¿Por qué interviene la Inspección del Trabajo?
Cuando el sindicato o la empresa no cumplen con los requisitos legales en su Proyecto y Respuesta, respectivamente, ambas partes pueden presentar Reclamaciones ante la Inspección del Trabajo, para que ésta dirima la legalidad de lo realizado.
En el caso de CMP, la empresa no respetó el Piso de Negociación (incorporó cláusulas que no son Piso como la extensión de beneficios y otros beneficios no reajustados), por lo que el Sindicato debió presentar una Reclamación.
Además, existe información financiera no entregada de manera íntegra, por lo que también lo hicimos presente y esperamos se resuelva este día lunes.
¿Qué significa que la extensión de beneficio quede como piso de la negociación??
Significa que, a falta de acuerdo, se entenderá incorporado en el instrumento colectivo en los términos establecidos por la empresa, esto es, libre extensión a personal no sindicalizado y que no participaron de nuestra Negociación.
No obstante, a juicio del Sindicato, la incorporación de esta cláusula por parte de la empresa es ilegal, por lo que deberá ser la Inspección del Trabajo y eventualmente Tribunales quien defina si se incluye o no, tras el reclamo presentado.
¡Nuestra unión marca la diferencia!